16 de noviembre de 2024 - 8:00 AM
Por La Redacción/Con información de DCA


Tanto el Gobierno como el sector privado se mostraron satisfechos por la aprobación en el Congreso de la República de la Ley de Infraestructura Vial, pues aseguran que la normativa prioriza trabajos de ampliación, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y conservación en 11 rutas centroamericanas.


Además, libramientos en el departamento de Guatemala y el Anillo Periférico Metropolitano. Obras con las que se prevé impulsar el desarrollo económico y social.


El presidente Bernardo Arévalo dijo que el instrumento crea mecanismos para avanzar y facilitar la inversión pública en beneficio del desarrollo de las carreteras.


Félix Alvarado, titular del Ministerio de Comunicaciones, también se pronunció sobre el tema. 


La citada ley “marca un hito, pues si bien no es perfecta (ninguna lo es), sus mecanismos de contratación y financiamiento potenciarán masivamente la obra de calidad en un entorno competitivo”, afirmó.


Atraerá inversión

La Fundación para el Desarrollo de Guatemala (Fundesa) expresó en un comunicado de prensa que la legislación atraerá más inversión, crecimiento económico, obras modernas y eficientes y transformará  el modelo de contratación de carreteras. 


Adicionalmente, “permite contratar la operación de vías en estado óptimo bajo pago por indicadores, responsabilizando al desarrollador del mantenimiento” y que “protege los derechos de propiedad mediante la declaratoria de utilidad pública con estudios previos, lo que da certeza y equidad al proceso de expropiación”.


La Cámara de Industria de Guatemala (CIG) aseguró que la citada normativa tendrá un impacto positivo en la conectividad y competitividad nacional. 


“Es un paso importante porque cambia el modelo de contratación de carreteras, fomentando una mayor competencia, captando más capital foráneo y transparencia en el desarrollo y mantenimiento de obra pública”. 


La Cámara de Comercio Guatemalteco Americana (AmCham) remarcó que la puesta en marcha de la citada ley no solo es urgente para mejorar el clima de negocios, sino fundamental para impulsar el crecimiento económico sostenido. 


Además, facilita avanzar en el fortalecimiento de proyectos estratégicos mediante la edificación y mejora de carreteras, túneles y puentes. 


“Esta ley admite la construcción de 10 mil kilómetros de vías y la rehabilitación de otras importantes de frontera a frontera y puerto a puerto, con enfoque en corredores que agilicen la movilidad en los principales caminos centroamericanos”, indicó la AmCham.


Alcances de la legislación

• Oferentes pueden ser personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras. 


• Se prohíbe el cobro de peaje a los usuarios de los proyectos viales que se desarrollen bajo esta ley. 


• Se crea la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP) como órgano desconcentrado del CIV. Gozará de independencia funcional, económica, financiera, técnica, administrativa y contará con recursos propios. 


• Se elaborará un plan de infraestructura prioritaria con una proyección de 30 años y deberá ser actualizado cada cinco o antes, si así lo determina el directorio de la DIPP. 


• Los procedimientos de licitación serán públicos, competitivos y transparentes.


• Previo a su aprobación, la citada dirección publicará en Guatecompras, por un plazo no menor de 40 días, el plan  de las bases de licitación. Este también deberá estar en inglés. 


• El plazo de los contratos no podrá exceder de 30 años, incluyendo sus modificaciones. 


• La instancia creada evaluará el estado de las obras grises, como mínimo, cada cuatro años, de acuerdo con estándares internacionales.


• La DIPP podrá adquirir bienes inmuebles para la construcción del derecho de vía mediante negociación directa o a través del procedimiento de expropiación.





Entrada en vigencia

La mayoría de los artículos del instrumento legal, con excepción de cuatro, tendrán vigencia 30 días después de su publicación en el diario oficial.


La excepción son los 89, 90 y 91 que cobrarán vigencia el 1 de julio de 2026 y el 92, el 1 de enero de 2027. Estos tienen que ver con la asignación de recursos de los impuestos de Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles y de Circulación a comunas;  Fondo Operativo para Proyectos Viales Prioritarios, de la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP); Permanencia y Promoción, y Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil.