17 de marzo de 2025 - 9:30 AM 
Por La Redacción 


El Gobierno de Guatemala publicó en el Diario de Centro América (DCA) varios acuerdos gubernativos que establecen nuevas normativas, según explican; para mejorar la seguridad vial en el país. A partir de ahora, todos los propietarios de motocicletas, vehículos particulares, autobuses y transportes de carga deberán contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra a terceros y ocupantes.


Obligación para Motociclistas y Vehículos


El Acuerdo Gubernativo 46-2025 obliga a todos los motociclistas a contar con un seguro que brinde cobertura contra lesiones o muertes provocadas por el vehículo. Aquellos que no cumplan con esta obligación estarán sujetos a una multa de Q500. Si el motociclista está involucrado en un accidente sin seguro, la sanción aumentará a Q2,000.




Por otro lado, el Acuerdo Gubernativo 47-2025, publicado para los vehículos particulares, establece una cobertura mínima de seguro y sanciona a los infractores con multas que oscilan entre Q800 y Q3,200.


Regulaciones para el Transporte Urbano y de Carga


El transporte urbano de pasajeros se regula bajo el Acuerdo 48-2025, que también exige una cobertura mínima de seguro. Las multas para este sector van desde Q4,000 hasta Q15,000, y se prohíbe continuar el viaje hasta que los pasajeros sean trasladados en una unidad debidamente asegurada.




Por su parte, el transporte de carga con capacidad superior a tres toneladas debe cumplir con la misma normativa de cobertura mínima establecida para el transporte urbano de pasajeros, con sanciones equivalentes.


Requisitos y Sanciones


A partir de la entrada en vigor de estas disposiciones, todos los conductores deberán portar una constancia de seguro, que podrá ser impresa o digital, y debe incluir un código QR para su validación. Las aseguradoras y las municipalidades están obligadas a informar al Observatorio Nacional de Seguridad del Tránsito (ONSET) sobre los incidentes viales.


La constancia del seguro debe contener la siguiente información:


  • Nombre de la aseguradora.
  • Número de póliza.
  • Vigencia del seguro.
  • Datos del vehículo asegurado (marca, tipo, modelo, número de placa y número de chasis).
  • Confirmación de que el seguro cumple con la cobertura mínima requerida.
  • Un código QR para validar la información.
  • En caso de no cumplir con la normativa, las multas podrán variar entre Q500 y Q3,200, dependiendo de la infracción. Asimismo, si el seguro contratado no cumple con las indemnizaciones mínimas exigidas, se aplicará una multa adicional de Q500.


Cobertura de Indemnización


El objetivo principal de esta medida es mejorar la protección de las personas involucradas en accidentes de tránsito. Los montos mínimos de indemnización establecidos son los siguientes:


  • Lesiones físicas a terceros y ocupantes: 50 salarios mínimos mensuales por cada persona afectada.
  • Muerte de terceros y ocupantes: 50 salarios mínimos mensuales por cada persona.
  • Además, el reglamento clasifica las lesiones y establece los montos a indemnizar según la gravedad:
  • Lesiones leves: entre 1 y 15 salarios mínimos.
  • Lesiones moderadas: entre 16 y 34 salarios mínimos.
  • Lesiones graves: entre 35 y 50 salarios mínimos.
  • Para lesiones específicas, como la pérdida de un dedo o la sordera permanente, los montos de indemnización varían, con un máximo de 50 salarios mínimos por casos de invalidez total o ceguera absoluta.
  • En cuanto a la incapacidad temporal, el seguro cubrirá desde 1 salario mínimo mensual por persona para incapacidades de hasta 10 días, hasta 6 salarios mínimos mensuales para incapacidades superiores a 45 días.


Vigencia y Plazos


El reglamento entrará en vigencia 45 días después de su publicación, por lo que los propietarios de vehículos y motocicletas tienen hasta ese plazo para contratar el seguro.


Con estas reformas, el Gobierno explica que busca reforzar la seguridad vial y asegurar que las víctimas de accidentes de tránsito reciban una compensación justa y oportuna, protegiendo tanto a los conductores como a los ocupantes y terceros involucrados.