23 de abril de 2024 - 10:00 AM
Por La Redacción


A través de un oficio publicado en el diario oficial, el presidente Bernardo Arévalo emitió una serie de directrices para la asignación y uso de vehículos oficiales del Organismo Ejecutivo. 


En la circular se señala que los automotores oficiales deben destinarse exclusivamente al cumplimiento de las actividades inherentes a los fines de cada entidad, se debe cumplir con las leyes y reglamentos en materia de tránsito y deben estar plenamente identificados con el logotipo del Gobierno de Guatemala. 


Además, se prohíbe el uso de los vehículos con fines distintos a los autorizados, para beneficio personal o de terceros; circular sin placas visibles en la parte posterior y frontal; y circular con placas dobladas, deterioradas, ocultas o cubiertas de forma parcial o total. 


Tampoco está permitido emplearlos para actividades electorales o partidistas, ni destinarlos para actividades comerciales, así como consumir bebidas alcohólicas, drogas o cualquier sustancia prohibida en su interior.  


No se puede modificar o variar la apariencia del vehículo o su interior, ni colocar equipos adicionales a los autorizados. Y está prohibido hacer valer el cargo público para pretender inobservar la normativa en materia de tránsito u obtener un trato preferencial.


La circular detalla que el uso inadecuado de los vehículos está sujeto a la deducción de las responsabilidades que corresponden.