19 de diciembre de 2024 - 6:00 PM
Por La Redacción


Este jueves fue publicado en el diario oficial el Acuerdo Ministerial Número 1474-2024 que establece los horarios de restricción de circulación del transporte de carga pesada para las fiestas de fin de año en todo el territorio nacional.


Los horarios de restricción quedan de la siguiente manera: desde las 12 horas del 24 de diciembre de 2024 hasta las 24 horas del 25 de diciembre de 2024, y desde las 12 horas del 31 de diciembre de 2024 hasta las 24 horas del 1 de enero de 2025, no podrá circular el transporte de carga pesada a nivel nacional.


El Acuerdo Ministerial señala que se exceptúan de dichos horarios a los transportes de carga pesada que trasladen productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles y grúas, estas últimas por tratarse de un equipo de servicio.


Asimismo, precisa que debe entenderse por transporte de carga pesada aquel que tenga un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.


El artículo 3 de dicha normativa menciona que “dado es taxativo el listado de transportes de carga pesada que se exceptúan no se requiere portar ningún permiso especial emitido por la Dirección General de Transportes, siendo suficiente presentar la documentación que ampere el traslado de los productos”.


Habilitan herramienta para apoyar a transportistas

El texto también dice que los transportes de carga pesada que trasladen los productos autorizados para circular deberán portar la documentación legal que respalde el traslado de los productos por cada una de sus entregas.


Por lo cual tanto las empresas como los transportistas podrán acceder al portal electrónico de la Dirección General de Transportes https://dgt.gob.gt para proporcionar la información pertinente a cada uno de los traslados y obtener el respectivo código QR que podrán presentar a las autoridades reguladoras de tránsito.


El Acuerdo Ministerial Número 1474-2024 es de observancia general y de estricto interés del Estado y entrará en vigencia el 20 de diciembre de 2024.